PARQUE ROCA: NO A SU USO INDEBIDO

A instancia de la acción de amparo presentada por la Defensora Adjunta del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Graciela Muñiz, el juez Hugo R. Zuleta del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 10, Secretaría 20, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires suspender el Decreto N° 291/10 que otorgaba el uso precario de una superficie aproximada de 15 manzanas ubicada en el Parque Roca a una federación de transporte para desarrollar un polo de carga y descarga de camiones, que incluía una estación de servicio, restaurantes y hotelería.

por Víctor José Del Vento Grela

Además decidió que el Gobierno porteño, cuya responsabilidad recae en la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Desarrollo Económico, deberá abstenerse de firmar un Convenio de Permiso de Uso Precario en relación al predio mencionado.

Para Muñiz, que hizo esta presentación por derecho propio, el fallo “alerta sobre un accionar que vemos cada vez con más frecuencia desde el ejecutivo porteño: dejar de lado la participación de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires”.

La Defensora Adjunta presentó la acción de amparo contra el Gobierno porteño para solicitar “la nulidad por inconstitucionalidad” y consideró “inadmisible” que el gobierno porteño haya avanzado en su momento a través del Decreto 291/10 para llevar adelante este emprendimiento violando los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad dónde se establece expresamente que debe existir despacho previo de la comisión, aprobación inicial por la Legislatura porteña, publicación y audiencia pública y que ningún órgano de Gobierno “puede conferir excepciones a este trámite y si lo hiciere estas son nulas”.

En este sentido la Defensora argumentó la violación de los Artículos 10, 82, 89, 90, 128, y 130 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Código de Planeamiento Urbano y la Ley 470 de la Corporación Buenos Aires Sur S. E. “por haberse obviado la participación de la Legislatura porteña en el trámite previo y en defensa y protección de la propiedad pública”.

Por su parte, la resolución del Juez Zuleta establece: “teniendo en cuenta que la realización de un polo logístico consistente en una plataforma con espacio para contenedores, playa de maniobras, circulaciones y establecimiento de carga y descarga de camiones no constituye un uso que pueda considerarse complementario o conexo con la actividad principal de un parque polideportivo y que, mediante el decreto cuestionado, se dispone otorgar un permiso de uso sobre un bien de dominio público sin la previa intervención de la Legislatura (de la Ciudad de Buenos Aires) y prescindiendo asimismo, de la participación de la Corporación Buenos Aires Sur S. E.”.

Recordamos que el predio está delimitado por las Avenidas Coronel Roca, Escalada, Pergamino y 27 de Febrero, ubicado dentro del Parque Polideportivo “Julio Argentino Roca”.

El decreto suspendido detallaba, a partir de la firma del jefe do Gobierno, Mauricio Macri, que se le otorgue “a la Federación Argentina de Entidades Empresarias de Autotransporte de Cargas (FADEEAC), un permiso de uso precario y gratuito por un término máximo de 5 años sobre el predio a los fines de presentar un proyecto para la realización de un polo logístico consistente en una plataforma con espacio para contenedores, playas de maniobras, circulaciones y estacionamiento y carga y descarga de camiones”.

Según los considerandos del decreto reprobado, el pedido fue realizado por la Federación empresarial y la Ciudad consideró la propuesta porque implica “el aprovechamiento de un espacio que en la actualidad se encuentra ociosos”.

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