LA JUSTICIA ANULA UNA POLÉMICA LEY PORTEÑA

Declaran inconstitucional ley porteña que expropió bienes de quiebra a favor de empleados

La medida pone en duda procedimientos para declarar de utilidad pública inmuebles y muebles de firmas concursadas para que sean gerenciadas por trabajadores

Un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial de la Nación sostuvo la inconstitucionalidad de una ley de la Ciudad de Buenos Aires que abrió el proceso de expropiación de empresas en quiebra en el distrito.

La resolución judicial que se conoció este jueves pondría en duda los procedimientos para declarar de utilidad pública bienes inmuebles y muebles de firmas concursadas para que sean gerenciadas por los empleados, según informa Ámbito Financiero en su edición de hoy.

La decisión de los camaristas se refiere a la causa de la ex fábrica IMPA (Industria Metalúrgica y Plástica Argentina), una cooperativa que fue la primera empresa en la cual intervino por entonces el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuando en 2001 la Legislatura aprobó otorgarle un subsidio de $400 mil, en momentos en que la firma tenía un pasivo importante y estaba concursada, tal como indica el matutino.

Esa norma inició un período de asistencias similares en el proceso de recuperación de fábricas.

Pero fue en 2008, durante el Gobierno porteño de Mauricio Macri, que otra ley de la Ciudad aseguró la declaración de utilidad pública y sujeto a ocupación temporaria del inmueble que ocupaba la cooperativa, ubicado en la calle Querandíes 4248 de la Capital Federal.

También declaró de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes intangibles y muebles existentes a beneficio de la ex IMPA, ya Cooperativa 22 de Mayo.

La medida seguramente será apelada hasta llegar a una decisión de última instancia, que de ser nuevamente contraria a la norma sancionada por la Legislatura porteña, será válida sólo para el caso de la ex IMPA y no para todas las leyes de expropiación de empresas que se promulgaron en la Ciudad de Buenos Aires.

La causa
El fallo de la Cámara de Apelaciones tiene relación con un recurso que presentaron tanto el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires como la Cooperativa 22 de Mayo, contra la resolución de primera instancia que sostuvo que la Ley 2.969 de enajenación era inconstitucional. En principio, se objetó que la norma no explicaba el por qué de la decisión y que había otras vías para conservar la fuente de trabajo, tal como surge de Ámbito Financiero.

La Cámara sostuvo que postergar irrazonablemente a los acreedores de la quiebra para favorecer el interés particular de un grupo de sujetos pondría en riesgo la fuente de trabajo que aquellos constituyen.

Los jueces destacaron en la resolución que el principio constitucional de que la expropiación debe ser previamente indemnizada no se habría cumplido, en relación con que ni el Gobierno porteño ni la cooperativa abonaron nada a la quiebra, de acuerdo al matutino.

También los magistrados sostuvieron que no debe olvidarse que la expropiación no constituye un fin en sí mismo, sino que es instrumental a la finalidad propia del Estado que tiene carácter permanente y no se agota con la transferencia de la propiedad expropiante, por lo que debe descartarse la configuración de utilidad pública si, como en el caso, bajo la apariencia de un uso público, los bienes expropiados han de ser destinados a un mero uso privado.

Para la Cámara, la expropiación no respeta el sentido de utilidad pública de la Constitución Nacional y considera que benefició a un reducido grupo de empleados en desmedro del resto.
En una resolución extensa, con fundamentos redactados en más de 40 carillas, el tribunal termina rechazando los recursos de apelación que presentaron el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la cooperativa.

Los jueces explican además que en la quiebra hay acreedores laborales y que los no laborales también conformarían fuentes de trabajo.

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