LA AFIP TRAS LOS TRABAJADORES QUE MÁS GANAN

LA AFIP INTENTA CON EL FORMULARIO DIGITAL 572 QUE TODOS LOS TRABAJADORES HAGAN SU PROPIA DECLARACIÓN DE GANANCIAS

A partir del ejercicio que cierra en diciembre 2010, los trabajadores en relación de dependencia que pagan Impuesto a las Ganancias sobre sus salarios, estarán obligados a cursar vía internet el formulario 572 con las deducciones que pretenden restar del gravamen.

Ya la AFIP apura los motores para «levantar» el 572 (declaración jurada del trabajador en febrero.)
El cálculo es que hay 1.500.000 de trabajadores a los que hoy sus empleadores les retienen el Impuesto a las Ganancias, más unos 100.000 jubilados y pensionados que desde enero 2011 harán el trámite por Internet.

El empleado ingresará las deducciones a través de la página de la AFIP, luego imprimirá el formulario 572 y se lo dará al empleador. Pero la AFIP se apura para llegar a validar on line las deducciones.
Esto significa que no aceptará la declaración del trabajador si este informa que tiene un familiar a cargo, cuando en realidad esa persona tiene ingresos por encima del mínimo permitido para ello.

En los papeles la AFIP llegará con lo justo y avanzado el 2011, comenzará a cruzar información, como por ejemplo; la declaración jurada de los empleados con salarios más altos para determinar inconsistencias.

“Hoy por hoy las deducciones de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias son una caja negra, y hay que empezar una inspección para saber si son correctas o no; con el cruce de información, la AFIP podrá detectar cuáles son sospechosas y canalizar las inspección sólo a través de las empresas donde se sospecha que hay trabajadores que mintieron en su declaración jurada”, añadió un funcionario.

Tras la última suba resuelta por la AFIP, el mínimo no imponible pasó de $ 4.015 a $ 4.818 mensuales en el caso de los trabajadores solteros y de $ 5.554 a $ 6.662,80 mensuales para los casados que pueden deducir cónyuge y dos hijos.

Por otro lado la AFIP comenzará a otorgar por Internet el “certificado de residencia fiscal” para los contribuyentes que operen en distintos países.

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