EL GOBIERNO PORTEÑO DEBERÁ PROVEER UNA VIVIENDA A UNA FAMILIA

La Corte Suprema le ordenó al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que «garantice una solución habitacional» a una ciudadana boliviana, residente en la Argentina con un hijo discapacitado y en situación de calle.

El máximo tribunal especificó que «si bien no hay un derecho a pedir una vivienda, existe una garantía mínima para las personas que afrontan situaciones de extrema vulnerabilidad».

Así, resolvió el planteo formulado por Sonia Yolanda Quisberth Castro, madre de un niño de 6 años que padece encefalopatía crónica y gracias a medidas cautelares está alojada en precarios hoteles del gobierno porteño.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, mediante un voto común, más los votos concurrentes de Carmen Argibay y Enrique Petracchi, determinó que el gobierno porteño deberá suministrarle a la mujer y su hijo «un alojamiento con condiciones edilicias adecuadas, sin perjuicio de contemplar su inclusión en algún programa de vivienda en curso o futuro para la solución permanente de la situación de excepcional necesidad planteada».

Además, la administración porteña deberá «asegurar la atención y el cuidado del niño y proveer a la madre el asesoramiento y la orientación necesaria para la solución de su problemática habitacional».

El niño sufre una discapacidad motriz, visual, auditiva y social producida por una encefalopatía crónica no evolutiva, razón por la cual la «extrema gravedad» ameritaba una solución integral pues «se encuentran involucrados también aspectos relativos a la situación en la sociedad de los discapacitados y la consideración primordial del interés del niño».

«La actora y su hijo menor de edad son habitantes y residentes de la Ciudad de Buenos Aires y que su situación personal, económica y social no les permite, pese a sus razonables esfuerzos, procurarse los medios para acceder a un lugar para vivir, con las condiciones mínimas de salubridad, higiene y seguridad necesarias para preservar su integridad física, psíquica y moral», resalta el fallo.

La Corte precisó que aún cuando el esfuerzo económico estatal era considerable, no parecía ser el resultado de un análisis integral para encontrar la solución más eficiente y de «bajo costo», dado que la inversión realizada por la autoridad local no aparecía como adecuada para garantizar la protección y asistencia integral al niño discapacitado.

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