LEGISLADOR PROPONE USAR A LOS CLUBES BARRIALES COMO ESCUELAS

la propuesta es para los chicos que no tengan vacantes

ALUMNO: VAYA DE 9 Y DIGA LA LECCIÓN

El descalabro de las vacantes es ya un cohete de los simpaticamente nombrados como «buscapié». Mientras la catarata de disculpas a días del comienzo de las clases del Jefe de Gobierno para arriba y para abajo, hacen presuponer que los 17.000 chicos que reconocen a duras penas, son producto de una mente maléfica que los clonó en un ratito nomás en algun laboratorio oscuro y clandestino, toda vez que no reconocen no desidia ni negligencia y solo que la matrícula aumentó. ¿Aumentó de la nada? ¿No lo sabían? ¿Y las vacantes que faltaron el año pasado? En fin…

Club Yupanqui

Ahora, Juan Nosiglia, legislador del bloque SUMA +, presentó un proyecto de ley para que los clubes de barrio desinen una parte de su predio para instalar salones en donde los niños que no tienen vacante en algún establecimiento puedan hacerlo allí.

Sería una habilitación transitoria de anexos escolares en el ámbito de clubes barriales en donde estos son definidos como “toda entidad deportiva y/o civil sin fines de lucro, inscripta en el Registro Único de Instituciones Deportivas dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

La iniciativa propone que el Ejecutivo porteño realice una “convocatoria pública a los clubes deportivos y sociales” y estas “deben presentarse con la documentación requerida ante el órgano competente que designa el Ministerio de Educación para la recepción y evaluación de las propuestas”.

El convenio que se celebre entre las partes debe detallar las responsabilidades de cada una y el espacio físico que cederá el club destinados a salones para el dictado de clases, salón para uso administrativo y docentes, patio recreativo y sanitario; cantidad de alumnos por aula, cantidad de personal docente y no docente afectado para brindar el servicio educativo; horario en que se brindará el servicio educativo y las proporciones que le correspondan a cada parte respecto de los cargos correspondientes al uso de los servicios de electricidad, agua, teléfono, alumbrado barrido y limpieza.

Además, se debe indicar “el programa de adecuación edilicia de la institución para dar cumplimiento a lo establecido por el Capítulo 6 del Código de Habilitaciones y Permisos (Ordenanza Nº 33.266), en el que se dará prioridad a las aulas y sanitarios, indicando la fecha de inicio y finalización de la obra a cargo del GCBA, acorde a los requerimientos del calendario escolar”.

Para que la institución pueda prestar su servicio “tiene que contar con el aval de su Comisión Directiva para realizar la firma del convenio” y debe “presentar la documentación que acredite la aprobación del uso de las instalaciones para la ejecución del proyecto educativo según las normas de cada institución”.

También, en el proyecto se explica que los anexos se componen de aulas escolares, espacios recreativos, sanitarios y otros espacios convenidos. Y se puntualiza que “las áreas cedidas por las instituciones serán de uso exclusivo para las actividades escolares”.

El personal para la prestación del servicio educativo que demande cada convenio será designado por el Ministerio de Educación porteño y tendrá dependencia funcional de dicha cartera. A su vez, en la iniciativa se aclara que “finalizada la prestación en el club barrial el plantel docente y no docente pasará a desempeñarse en el establecimiento educativo que se haya construido o ampliado para dar cumplimiento al plan de obras”.

Como contraprestación por los servicios prestados, la cartera de Educación, que además es la autoridad de aplicación de la ley, “realizará la cesión obras complementarias que mejoren la infraestructura edilicia de los Clubes y que sean de interés a la comunidad barrial”.

La financiación pasará por el Ministerio de Hacienda quien “dispondrá de una partida presupuestaria especial que se afectará al siguiente proyecto”. Y podrá realizar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para su ejecución pero no podrá disponer de las partidas presupuestarias o fondos destinados a la construcción de escuelas.

El proyecto de Nosiglia, que es acompañado por la diputada del Partido Socialista Auténtico Virginia González Gass, establece que tendrá vigencia “hasta tanto se satisfaga la demanda de vacantes en todos los niveles educativos en edificios escolares que respondan a las características indicadas en el Título 6 del Código de Habilitaciones y Permisos (Ordenanza 33266)”.

Por último, en la iniciativa firmada por los dos legisladores integrantes del interbloque UNEN se señala que “durante el período de vigencia de la presente ley se habilita entre los usos y permisos de los Clubes de barrio establecidos en el inciso 5.5.1.4.2., punto 1.1. del Código de Planeamiento Urbano (modificado por la Ley 4876); el desarrollo de actividades educativas en las entidades conveniadas”.

¿Y LOS CLUBES DE AFA?

Curioso proyecto es este que parece obviar expresamente a los clubes de AFA (los grandes), aunque la mayoría tengan ya su propia escuela privada en sus instalaciones u otros como Huracán (sino el único…) una escuela pública. De no ser así, ¿cuántos clubes de barrio tienen capacidad para albergar aulas? Si bien, el proyecto está a la trata, tiene varios puntos observables más allá de su sana intención.

Lo que si es indubitable, es que en la conciencia anestesiada de buena parte de la dirigencia política, los clubes de barrio tienen un rol cada vez más gravitante en nuestra sociedad, aunque su desentendimiento manifiesto de la problemática real de estas instituciones, esté vedada a sus posibilidades de reconocimiento a los servicios socioculturales y deportivos que le dan a diario a los habitantes de su entorno.

Salir de la versión móvil