Según la publicación del Boletín Oficial del decreto 807/16, el Presidente definió que las nuevas jubilaciones se ajusten a los parámetros correctos. En ese contexto el titular del ANSES explicó que «Los trabajadores en relación de dependencia que se jubilen desde agosto de 2016 tendrán un haber más alto: en promedio será un 16,3% más para las personas que hayan aportado”
Eso implica que antes de la ley de movilidada probada en el 2009, se utilizaban valores menores para calcular el piso de las jubilaciones y esto cambiará la referencia para los futuros jubilados. En promedio, incluyendo a los jubilados por moratoria, el incremento significa una mejora del 8,5% en el haber de todos los jubilados. Aunque la mejora se incrementa al 16,3% cuando se considera a los jubilados alcanzados de forma directa por la medida.
El decreto establece un cambio en el cálculo del Índice de actualización de las remuneraciones de los afiliados al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), que comenzará a aplicarse para las remuneraciones que deban considerarse para el cálculo de las prestaciones previsionales que se otorguen con alta mensual agosto.
Por esta razón, el nuevo cálculo se realizará aplicando, en toda la extensión del período, índices salariales que reflejen la evolución de las remuneraciones, corrigiendo el problema señalado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación de falta de actualización o insuficiente entre 1991 y la Ley de Movilidad Jubilatoria. Se trata de las remuneraciones que son tomadas en cuenta para calcular la jubilación, mejorando los coeficientes actuales.
Emilio Basavilbaso dijo que esta impronta “Es una política prioritaria del Gobierno Nacional atender la situación de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino, considerándolos uno de los sectores más vulnerables de la población. A fin de abordar la problemática también desde esta perspectiva, el Estado Nacional ha decidido colaborar con la disminución de los tiempos de los procesos judiciales, instruyendo a la ANSES para que no interponga recursos extraordinarios en aquellos supuestos en los que el resultado sería desfavorable, de acuerdo con los precedentes jurisprudenciales existentes”.
Para calcular el haber jubilatorio inicial se computan las últimas 120 remuneraciones de cada trabajador. Si esas remuneraciones no se actualizan adecuadamente hasta la fecha de hoy, el haber jubilatorio inicial se vería reducido injustamente. Esta es la principal causa de inicio de juicios. Con este decreto, las remuneraciones van a empezar a ser actualizadas en forma justa y razonable, y como consecuencia de ello, el haber inicial de las jubilaciones que se otorguen a partir de agosto va a ser mayor al que se venía calculando. De esta manera, el jubilado ya no va a tener que iniciar un juicio para que se le calcule en forma correcta el haber inicial.
Se incrementan todos los componentes en los que para su cálculo se utilizan remuneraciones, esto es la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia (Vejez y Edad Avanzada), los retiros por invalidez y las pensiones.
Además, el Decreto del Presidente le ordena a ANSES determinar en qué casos no es razonable seguir recurriendo las sentencias dictadas por la Cámara de Apelaciones, y en función de eso, dejar de interponer recursos extraordinarios. A partir de esta orden, el Organismo va a realizar ese trabajo, para dejar de prolongar los juicios innecesariamente.
El principal efecto del decreto es que todas las personas que se jubilen por el régimen general, van a tener su haber inicial calculado en forma correcta, en base a una justa actualización de sus remuneraciones. Esto es muy importante, porque el jubilado ya no va a tener que iniciar un juicio para percibir lo que le corresponde.