Sin la presencia del interbloque de Juntos por el Cambio, el senado aprobó la nueva ley de alquileres.
En medio de un clima tenso, el senado trató y sancionó por unanimidad, la ley de Educación a Distancia para menores de 18 años durante situaciones excepcionales, en el marco de la pandemia. Sin embargo inmediatamente del tratamiento de la ley de educación el bloque de Juntos por el Cambio abandonó la sesión Virtual, razón por la cual la ley se aprobó con los 41 votos positivos de los bloques que estaban presentes.
El comportamiento de Juntos por el cambio se debe a una decisión del bloque de no tratar ninguna ley que no esté enmarcada como parte de la emergencia por la pandemia. Los opositores también cuestionaron la media sanción a la suspensión por 60 días la inscripción de Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS), impulsada por el oficialismo por considerar que se excluye al Estado del sistema de control del registro de esas empresas.
Entre los puntos más significativos de la nueva ley, se destacan: 1) El plazo mínimo del contrato se amplía de dos a tres años, con las excepciones del artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación. 2) El valor de la garantía: El locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el caso de que la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces
3)Se crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal; entre ellas: la especial consideración de las personas en situación de violencia de género, la regulación de la actividad de las entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución, la promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de inmuebles.