Un fallo porteño puso bajo la lupa la Ley Penal Juvenil

Una jueza porteña declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801, que establece el nuevo régimen penal juvenil, y sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de participar de un intento de robo. La decisión generó cuestionamientos por parte del Ministerio Público Fiscal y llevó al Gobierno de la Ciudad a anticipar la presentación de un pedido de jury contra la magistrada. Sin embargo, según especialistas, el fallo alcanza únicamente a este caso y no implica la suspensión de la norma en el territorio porteño.

En diálogo con FRECUENCIA ZERO, Andrés García Vautrin, abogado penalista, sostuvo que existe una “sobreactuación desde el punto de vista profesional” en el pedido de jury contra la magistrada, ya que consideró que la jueza actuó a partir de argumentos técnicos y jurídicos. “Puedes coincidir o no con la magistrada, pero la magistrada dictó un fallo, están los fundamentos y falló conforme a lo que cree”, señaló. Además, explicó que la decisión fue apelada y que será la Cámara Penal de la Ciudad la que determine si el fallo se ajustó a derecho.

El abogado también destacó que la resolución de primera instancia no constituye jurisprudencia general y diferenció el caso porteño de lo ocurrido en la provincia de Buenos Aires, donde se había dispuesto una suspensión cautelar de la aplicación de la norma. “Realmente, cuando se sienta jurisprudencia, estamos hablando de decisiones en general de la Cámara del Crimen, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, explicó García Bautrín. En ese sentido, remarcó que la eventual decisión de la Cámara será la que pueda establecer un precedente relevante sobre la aplicación de la ley.

https://opalfz.ar/podcast/codigodebarras/113426AndresGarciaVautrin.mp3
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