Page 2 - Noticiario Sur 11 2020
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SALUD
Regulan el uso del
Cannabis medicinal
Publicado en el Boletín una tercera persona o una
Oficial, el decreto habilitó organización civil autorizada
el autocultivo controlado de por la Autoridad de Aplica-
cannabis medicinal como ción. Podrá inscribirse en
también reglamentó el acceso el ReProCann quien cuente
al aceite y otros derivados con indicación médica y haya
en farmacias autorizadas. suscripto el consentimiento
Anteriormente el autocultivo informado correspondiente,
se encontraba penalizado y en las condiciones estableci-
tampoco se había puesto en das por el programa”.
marcha el registro que se con- Además establece que: “Los
templaba en esta normativa. y las pacientes que tuvieren
La reglamentación de la indicación médica para el
Ley 27630 de investigación uso de la planta de Canna-
médica y científica para el bis y sus derivados podrán
uso medicinal de la planta y adquirir especialidades
sus derivados, se oficializó medicinales elaboradas en el
mediante el decreto 883/20. país, importar especialidades
La reglamentación estable- medicinales debidamente
ce el Registro del Programa registradas por la autoridad
de Cannabis (ReProCann) sanitaria o adquirir formula-
para usuarios que cultivan la ciones magistrales elaboradas
planta para su uso médico, por farmacias autorizadas u
terapéutico o paliativo, que otras presentaciones que en el
estará a cargo del Ministerio futuro se establezcan. Aque-
de Salud. llas personas que, además, no
El documento detalla que: posean cobertura de salud y
“Los y las pacientes podrán obra social, tienen derecho
inscribirse para obtener la au- a acceder en forma gratuita,
torización de cultivo para sí, conforme la presente Regla-
a través de un o una familiar, mentación”.