Sociedad

Datos necesarios para la segmentación de tarifas

Luego de que el Gobierno haya informado la segmentación de subsidios y la conformación del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), este miércoles se publicó en el Boletín Oficial una disposición donde se dieron a conocer los datos que deberán aportar los usuarios de los servicios de luz y gas en el registro de segmentación (aún no habilitado), que les permitirán mantener los subsidios en las tarifas.

Dentro de las declaraciones juradas, mediante las cuales el Gobierno recolectará los datos de los usuarios que completen la solicitud de subsidios a los servicios públicos de gas y electricidad, se incluirán: datos personales de los usuarios; datos del domicilio; números de cliente, cuenta, servicio de suministro de luz y gas; datos de ingresos y composición familiar; datos respecto al patrimonio; y sobre el tipo de empleo.

Qué datos se solicitarán en la declaración jurada para mantener los subsidios 

1. Documento Nacional de Identidad
2. Número de trámite
3. Nombre
4. Apellido
5. CUIL
6. Género
7. Fecha de nacimiento
8. Datos socioeconómicos
9. Situación laboral
10. Datos de contacto
11. Domicilio declarado por el usuario
12. Código postal
13. Relación con el domicilio (propietarios o inquilinos)
14. Datos del servicio de luz
15. Datos del servicio de gas
16. Datos del grupo conviviente

Dónde completar la declaración jurada

El formulario estará disponible en el sitio web www.argentina.gob.ar y se puede completar desde dispositivos móviles o computadoras. Además, quienes no puedan completarla online pueden hacerlo en las oficinas de atención al público de las prestadoras de luz y gas y de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Una vez completa la declaración jurada, se determinará en qué grupo de segmentación está incluido cada usuario. El Gobierno dispuso que habrá tres niveles de segmentación de usuarios: segmento de ingresos altos, medios y de menores ingresos.

Según se informa la resolución, el informe del nivel de subsidios correspondiente a cada hogar –es decir, en qué segmentos quedan incluidos– «será debidamente notificado» a los usuarios, mediante el «domicilio virtual constituido a tal fin».

Cuáles son los niveles de segmentación de tarifas

El Gobierno determinó implementar la segmentación de tarifas para “ordenar los subsidios de la luz y el gas según los aspectos socio-económicos de cada hogar» y, de esta manera, identificar qué sectores “realmente necesitan” el subsidio y qué grupos sociales se encuentran en una mejor situación económica y pueden abonar la tarifa completa. Para ello, se dispusieron tres categorías de usuario:

1. Segmento de ingresos altos: este grupo percibirá una reducción de los subsidios gradual, hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022. Son aquellos hogares que declaran reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $350.000 (es decir 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el índice del INDEC).
  • Poseer 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • Poseer 3 o más inmuebles.
  • Tener una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

2. Segmento de ingresos medios: están incluidos los hogares que declaran reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar que van desde los $100.000 hasta $350.000 (entre 1 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta 2 inmuebles o no poseer ninguno.
  • Tener hasta 2 vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • No poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

3. Segmento de ingresos bajos: hogares que reúnen alguna de las siguientes condiciones, considerando en conjunto a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar menores a $100 mil pesos (1 canasta básica para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer 1 o ningún inmueble.
  • No tener un vehículo con menos de 3 años de antigüedad, excepto para los hogares en donde exista al menos una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
  • No poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
  • Vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM (Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil).
  • Al menos una o un integrante cuenta con Certificado de Discapacidad y el hogar en su conjunto perciba un ingreso mensual total menor a $150.000 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2).
  • Al menos una o un integrante del hogar sea titular de un Certificado de Vivienda del ReNaBaP (Registro Nacional de Barrios Populares).
  • Al menos una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Además de las tres categorías de usuarios detallados anteriormente, el Gobierno determinó dos casos en los que los hogares puede quedar por fuera de la segmentación:

  • Los hogares con personas electrodependientes, inscriptos en el Registro de Electrodependientes, quedarán exceptuadas de la segmentación de tarifas de luz y no deberán anotarse en el RASE. Solamente tendrán que hacer este trámite para solicitar la segmentación del servicio de gas.
  • Si en el domicilio funciona una entidad de bien público, tampoco corresponde hacer el trámite. Es posible solicitar la tarifa diferencial para entidades.

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