AFIP: NUEVOS REQUISITOS PARA IMPRIMIR FACTURAS
El pasado 4 de septiembre se ha publicado al RG 3665/2014 que modifica los procedimientos aplicables para efectuar la solicitud de la autorización de impresión y habilitación de los comprobantes, creando muchas obligaciones nuevas para los contribuyentes.
De la normativa destacamos:
PARA MONOTRIBUTISTAS:
Las facturas en curso vencen para todos los monotributistas el 31/12/2014.
Nuevos talonarios con CAI obligatorio y vencimiento: Desde nov 2014, antes de solicitar nuevos talonarios a la imprenta, deben pedir vía web por la página de afip, una solicitud de impresión, la cual debe ser entregada a la imprenta.
Las nuevas facturas deben empezar desde el número 0000001 para todos, y vencen al año de su impresión.
Una vez que la imprenta le entrega las facturas, tiene 1 día para informar vía web a la afip que recibió los comprobantes, de lo contrario las facturas quedan anuladas automáticamente y no se puede imprimir nuevos comprobantes.
PARA EXENTOS EN IVA:
Las facturas en curso vencen para todos los exentos en IVA el 30/04/2015.
Nuevos talonarios con CAI obligatorio y vencimiento: Desde marzo 2015, antes de solicitar nuevos talonarios a la imprenta, deben pedir vía web por la página de afip, una solicitud de impresión, la cual debe ser entregada a la imprenta.
Las nuevas facturas deben empezar desde el número 0000001 para todos, y vencen al año de su impresión.
Una vez que la imprenta le entrega las facturas, tiene 1 día para informar vía web a la afip que recibió los comprobantes, de lo contrario las facturas quedan anuladas automáticamente y no se puede imprimir nuevos comprobantes.
PARA RESPONSABLES INSCRIPTOS EN IVA:
Las facturas de responsables inscriptos en curso siguen vigentes, hasta su fecha de vencimiento.
Desde nov 2014 hasta marzo 2015 deberán informar vía web en la página de la afip altas, bajas y modificaciones en los puntos de venta.
Desde abril 2015, antes de solicitar nuevos talonarios a la imprenta, deben pedir vía web por la página de afip, una solicitud de impresión, la cual debe ser entregada a la imprenta.
Las nuevas facturas seguirán la numeración actual y vencen al año de su impresión.
Una vez que la imprenta le entrega las facturas, tiene 1 día para informar vía web a la afip que recibió los comprobantes, de lo contrario las facturas quedan anuladas automáticamente y no se puede imprimir nuevos comprobantes.
REMITOS PARA TODOS LOS CONTRIBUYENTES:
Solo se podrán usar remitos con letra “R” (los “X” serán solo para traslados internos de mercadería)
CONTROLADORES FISCALES
Se elimina el tope de $ 1.000 para emisión de tickets a consumidor final con los controladores de vieja tecnología.
MODIFICACION DE ALGUN DATO
Cuando se modifique el CUIT, denominación, categorización en el IVA o el N° de IIBB, deberá empezar nuevamente desde del N° 1 manteniendo la fecha de inicio en el local o establecimiento.