Sociedad

$215 AL MES PARA CELÍACOS

Por Sebastián A. Ríos | LA NACION

Las personas celíacas podrán a partir de ahora exigir a sus obras sociales y prepagas cobertura para afrontar parte del costo de los productos alimenticios que deben consumir como parte del tratamiento de su enfermedad, que se caracteriza por la intolerancia al glúten presente en los alimentos que contienen trigo, avena, cebada y centeno.

Así quedó establecido por la Resolución N° 407/2012 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada hoy en el Boletín Oficial, que establece que ‘las entidades alcanzadas por el Artículo 9° de la Ley 26.588 deberán brindar a cada persona con celiaquía cobertura en concepto de harinas y premezclas libres de gluten por un monto mensual de $ 215’, importe que ‘deberá actualizarse periódicamente’.

La resolución se basa en la reglamentación de la Ley 26.588, a través del Decreto 528/11 en mayo del año pasado, que obligaba a obras sociales y prepagas a brindar una cobertura a sus afiliados del 70% de la diferencia del costo de harinas y premezclas libres de gluten de aquellas que sí lo poseen. De todos modos, como informó LA NACION con anterioridad, 215 pesos no alcanzan para cubrir ese porcentaje, que supera ampliamente los 500 pesos al mes.

Por otro lado, la nueva resolución establece que tanto las obras sociales como las empresas de medicina prepaga podrán establecer las maneras en las que darán cumplimiento a la misma. ‘Cada una de las entidades (.) podrá establecer las formas y modalidades de cumplimiento de la cobertura mencionada’, señala en su artículo 2°.

Se estima que en la Argentina unas 500 persona padecen la enfermedad celíaca, afección hereditaria y autoinmunitaria que debilita la capacidad del intestino de absorber los nutrientes en forma adecuada, provocando síntomas intestinales, retraso de crecimiento en niños, retraso del desarrollo y de la pubertad y talla baja, entre otras afecciones.

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