Economía

Créditos hipotecarios Procrear II

Abrió la inscripción para el Procrear II para aplicar a las viviendas de Desarrollos Urbanísticos, hechas por el Gobierno. El objetivo de este programa es brindar acceso a créditos hipotecarios a tasa cero para la compra de viviendas nuevas en uno de los desarrollos urbanísticos. Las entregas de las casas propias se harán en todo el país y el plazo máximo de pago es de 30 años.

Para esta nueva edición del programa, el Gobierno tiene disponible más de 30.000 viviendas en todo el país. Las inscripciones estarán habilitadas para los predios de General Lagos en Santa Fe, Roque Sáenz Peña en Chaco y San Martín II en Buenos Aires.

¿Hasta cuándo hay tiempo de inscribirse?

La inscripción para el Procrear II está abierta desde el 1 de noviembre hasta el 15 de noviembre. Los postulantes podrán acceder a través del siguiente enlace: extranet.hipotecario.com.ar/procrear/dduu/procrear2/

Requisitos para aplicar

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como copropietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por orden judicial; no registrar juicios, según informes de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados: 1) Matrimonio; 2) Unión convivencial; 3) Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

Publicaciones relacionadas

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Botón volver arriba